
Mecanismos de acción social del Ayuntamiento de Badajoz
Información sobre mecanismo, destinatarios y requisitos
Los ciudadanos de Badajoz pueden acogerse a distintas bonificaciones, aplicables en función de la características de los usuarios .
Tarifa Social
Para clientes cuyos ingresos, teniendo en cuenta todos los miembros de la unidad familiar sean inferiores al IPREM, se establece una tarifa reducida en la cuota fija y variable de agua potable, depuración y canon de infraestructuras.
Abastecimiento agua potable
- Cuota fija al trimestre: 3,675 euros /usuario al trimestre
- Cuota variable:
- Por suministro de agua potable, al trimestre
- Bloque I: Primeros 15 m3, al trimestre: 0,01 euros/m3
- Bloque II: De 16 a 30 m3, al trimestre: 0,01 euros/m3
- Bloque III: De 31 a 60 m3, al trimestre: 0,67 euros/m3
- Bloque IV: De 61 a 90 m3, al trimestre: 0,75 euros/m3
- Bloque V: Más de 90 m3, al trimestre: 1,00 euros/m3
- Por suministro de agua potable, al trimestre
Depuración
- Cuota fija al trimestre: 0,90 euros /usuario al trimestre
- Por depuración de aguas residuales, al trimestre
- Bloque I: Primeros 15 m3, al trimestre: 0,01 euros/m3
- Bloque II: De 16 a 30 m3, al trimestre: 0,01 euros/m3
- Bloque III: De 31 a 60 m3, al trimestre: 0,33 euros/m3
- Bloque IV: De 61 a 90 m3, al trimestre: 0,35 euros/m3
- Bloque V: Más de 90 m3, al trimestre: 0,40 euros/m3
- Por depuración de aguas residuales, al trimestre
Canon de infraestructura, al trimestre
- Primeros 30 m3, al trimestre: 0,000 euros/m3
- A partir de 30 m3, al trimestre: 0,2200 euros/m3
Familias Numerosas
Para familias numerosas, la bonificación consiste en que los dos primeros bloques de consumo se facturaran al precio del primero .
Abastecimiento agua potable
- Cuota fija al trimestre: 9,90 euros/vivienda
- Cuota variable:
- Por suministr de agua potable, al trimestre:
- Bloque I: Primeros 15 m3, al trimestre: 0,56 euros/m3
- Bloque II: De 16 a 30 m3, al trimestre: 0,66 euros/m3
- Bloque III: De 31 a 60 m3, al trimestre: 0,90 euros/m3
- Bloque IV: De 61 a 90 m3, al trimestre: 1,30 euros/m3
- Bloque V: Más de 90 m3, al trimestre: 1,60 euros/m3
- Por suministr de agua potable, al trimestre:
Depuración
- Cuota fija al trimestre: 4,90 euros/vivienda
- Por depuración de aguas residuales, al trimestre
- Bloque I: Primeros 15 m3, al trimestre: 0,33 euros/m3
- Bloque II: De 16 a 30 m3, al trimestre: 0,33 euros/m3
- Bloque III: De 31 a 60 m3, al trimestre: 0,40 euros/m3
- Bloque IV: De 61 a 90 m3, al trimestre: 0,45 euros/m3
- Bloque V: Más de 90 m3, al trimestre: 0,55 euros/m3
Canon de infraestructura, al trimestre
- Todos los m3: 0,2200 euros/m3
En caso de que el contrato de suministro este a nombre de persona distinta al solicitante, se deberá efectuar el cambio de titularidad del mismo.
Tarifa Familiar
En el caso de que el número de personas por vivienda sea superior a cuatro, el límite superior de cada uno de los tramos de la tarifa progresiva se incrementará en tres metros cúbicos por cada persona adicional que conviva en la vivienda.
Esta bonificación es aplicable únicamente al Canon de Saneamiento de la Junta de Extremadura.
Documentación necesaria para solicitar la bonificación de la tarifa
Los interesados en solicitar la tarifa bonificada y que cumplan los requisitos expuestos en "Diario Oficial de Extremadura (DOE) número 226, lunes 24 de noviembre 2014 y el DOE número 238, lunes 10 de diciembre 2018" deberán presentar a través de esta web o de forma presencial en la oficina de Badajoz la siguiente documentación:
Tarifa Social
- Ultimo recibo de agua puesto al cobro, para el que se solicita dicha tarifa. Documento obligatorio.
- Declaración del IRPF del último ejercicio que se haya realizado. Documento obligatorio.
- Certificado actualizado de ingresos por jubilación, paro, etc. (Instituto de la Seguridad Social o Entidad Bancaria). Documento obligatorio.
- Declaración de ingresos percibidos por cada uno de los miembros de la unidad familiar que conviven en dicha vivienda. Documento obligatorio.
- Cualquier otro documento que pueda acreditar su situación económica p ara tener derecho a la Tarifa Social. Documento obligatorio.
- Certificado de empadronamiento. Documento obligatorio.
En caso de que uno o varios miembros no tenga ningún tipo de ingresos económicos, deberán adjuntar cada uno de ellos, alguno de los siguientes documentos:
- Certificado de que no percibe prestación alguna (Instituto Seguridad Social). Documento obligatorio.
- Certificado de que no percibe prestación o subsidio, y que está actualmente en situación legal de desempleo. (INEM). Documento obligatorio.
Familia Numerosa
- Título de familia numerosa en vigor. Documento obligatorio.
- Si el contrato de suministro no está a nombre de la persona que lo solicita ni tampoco aparece como la persona que paga las facturas, entonces tendrá que aportar el certificado de empadronamiento o contrato de alquiler. Documento obligatorio.
Tarifa Familiar
- Certificado de empadronamiento colectivo expedido por el ayuntamiento. Documento obligatorio.
Real Decreto-ley 1/2021, de 19 de enero, de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica
De acuerdo con el Real Decreto-ley 1/2021, de 19 de enero, de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, Aqualia pone a disposición de los usuarios la solicitud de acreditación de la vulnerabilidad.
Es necesario acreditar la situación de vulnerabilidad presentando este formulario correctamente cumplimentado junto con la documentación requerida en el documento y presentarlo en las oficinas de Atención al Cliente de Aqualia o bien cargarlo a través de esta web.
El Bono Social se enmarca en el firme compromiso que Aqualia adquiere con los municipios en los que presta servicio para aportar las mejores soluciones, tanto técnicas como sociales y medioambientales, en beneficio de los ciudadanos.